Page 5 - octubre-2025
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Artículo
                                                                                     Panorama Universitario




                 nitarios (reparación, conci-  los sistemas normativos indígenas   timo. El pluralismo jurídico no niega
                 liación, oralidad) y garantías   debe construirse sobre bases garan-  el Estado de derecho, lo enriquece.
                 procesales estatales (debido   tistas, respetuosas y operativamente   Reconocer y validar los sistemas nor-
                 proceso, presunción de ino-  eficaces, evitando tanto la folklori-  mativos indígenas es reconocer que
                 cencia, publicidad).         zación como la relativización de los   la justicia también se construye desde
                                              derechos  humanos  universalmente   los pueblos, sus lenguas, sus memorias
            Aunque el pluralismo jurídico se pre-  reconocidos.                  y sus formas de vida.
            senta como solución ética y constitu-  En este proceso, es indispensable re-  En este sentido, toda forma de justi-
            cional, conviene advertir sus límites:  conocer la legitimidad de los sistemas   cia (sea estatal o comunitaria) debe
                                              jurídicos originarios sin incurrir en   estar libre de imposiciones religiosas,
                 •Fragmentación  normativa:   prácticas  que,  bajo  el  pretexto  de  la   ya sean contemporáneas o ancestra-
                 por ejemplo, si un delito grave   diversidad cultural, reproduzcan es-  les,  cuando  estas vulneren  la digni-
                 como el feminicidio es juzgado   quemas que contradigan principios   dad humana, la igualdad jurídica o
                 por un sistema comunitario que   fundamentales de dignidad, racionali-  el principio de no discriminación. La
                 no lo considera con la misma   dad jurídica y protección de derechos.   justicia intercultural no puede ser una
                 gravedad que la ley estatal, se   En pleno siglo XXI (una era marcada   concesión simbólica ni una excepción
                 genera un conflicto de garan-  por avances científicos como la explo-  exótica: debe ser una expresión con-
                 tías.                        ración espacial, la decodificación del   creta de la garantía constitucional de
                 •Conflictos de competencia:   ADN y el desarrollo de la inteligencia   igualdad en la diversidad.
                 en materias penal, agraria o fa-  artificial) resulta imperativo que el   La Corte Constitucional tiene la res-
                 miliar, las jurisdicciones pueden   diálogo intercultural se funde en cri-  ponsabilidad histórica de cerrar el
                 superponerse sin mecanismos   terios de racionalidad crítica, respeto   círculo iniciado por Juárez y Ramírez,
                 claros de coordinación.      mutuo y evolución normativa.       abrazando la diversidad que ellos no
                 •Captura institucional: el plu-  La inclusión de los sistemas norma-  pudieron reconocer plenamente. En
                 ralismo puede ser instrumenta-  tivos indígenas no debe implicar la   un país tan diverso como México, la
                 lizado por actores políticos que   validación de prácticas que, por su   justicia debe ser laica, intercultural,
                 lo vacían de contenido emanci-  naturaleza, puedan vulnerar derechos   garantista y situada, o no será justicia.
                 pador.                       fundamentales o reproducir esque-
                 •Violencia estructural y desigual-  mas de dominación simbólica. La jus-
                 dad: en contextos de pobreza o   ticia plural debe ser compatible con   Historia constitucional
                 discriminación, el pluralismo   los estándares internacionales de de-  y biografías jurídicas.
                 jurídico puede reproducir ex-  rechos humanos, sin que ello implique   Meyer, J. (2006). Juárez: la rebelión
                 clusiones si no se acompaña de   imponer una visión hegemónica, pero   de la legalidad. Fondo de Cultura
                 políticas públicas integrales.  sí garantizar que toda forma de justi-  Económica.
                                              cia sea coherente con los principios de   Silva-Herzog, J. (1980). Ramírez, El
            Los desafíos contemporáneos en    equidad, no discriminación y protec-  Nigromante: razón y disidencia. El
            materia de justicia intercultural exi-  ción integral de la persona.  Colegio de México.
            gen una transformación cultural e   Juárez y Ramírez lucharon por conso-  Toledo, V. (2025). Aguilar Ortiz y la
            institucional profunda, que trascien-  lidar un Estado fuerte, pero ese ideal   justicia comunitaria: una biografía
            da el mero cambio legislativo. La ar-  republicano hoy exige una justicia   jurídica.  Revista  Pluralismo  y
            ticulación entre el derecho estatal y   plural  para  ser  verdaderamente  legí-  Derecho, (3), 22–39.




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